Ventajas fiscales del alquiler de vivienda
Ventajas fiscales para el propietario:
Son deducibles todos los gastos necesarios para la obtención de la renta (art. 23.1 LIRPF 35/2006).
Se aplica una reducción del 60% en los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda (art. 23.2.1 LIRPF 35/2006).
Se aplica una reducción del 100% cuando el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 30 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el periodo impositivo superiores al IPREM. El arrendatario debe comunicar anualmente al arrendador el cumplimiento de estos requisitos (art. 23.2.2 LIRPF 35/2006).
El arrendamiento de vivienda es una operación sujeta pero exenta del IVA, salvo excepciones, por lo que no procede ingresar nada por este concepto (art. 20.1.23 LIVA 37/1992).
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